Subvenciones para la realización de auditorías energéticas, implantación de sistemas de gestión y proyectos de ahorro y eficiencia energética. 2020.

Nueva línea de subvención para este año 2020 sobre ahorro y eficiencia energética para las empresas de los sectores industria y servicios, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo FEDER-Galicia 2014-2020.

A continuación se describen brevemente las características principales de esta ayuda (Código IN417Y).

Resolución de 19 de diciembre de 2019 (DOG de 20 de enero de 2020).

La realización de auditorías energéticas, implantación de sistemas de gestión y proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas del sector industria y servicios.

– Auditorías energéticas.

– Implantación de sistemas de gestión energética certificados conforme a la Norma ISO 50.001.

– Proyectos de ahorro y eficiencia energética en el sector industrial y servicios.

Inversiones en substitución o mejora de equipos e instalaciones consumidoras de energía del proceso productivo del sector industrial y servicios, así como de los sistemas auxiliares; mejora de instalaciones de iluminación con una reducción anual del consumo del 40% con respecto al consumo inicial; proyectos de cogeneración y biogás que contribuyan a aumentar la eficiencia energética de las empresas; cualquier otra actuación que implique un ahorro energético como mínimo del 20% respecto del consumo inicial; implantación de sistemas de contabilización/telegestión de consumo de energía asociados a otras actuaciones de ahorro energético.

Cada solicitud contendrá un único proyecto técnico que puede constar de una sola actuación o varias actuaciones homogéneas a ejecutar en el mismo emplazamiento. Cada empresa podrá presentar una o más solicitudes.

La inversión mínima para que la actuación sea subvencionable debe ser de 10.000 euros, que se reduce a 3.000 euros en el caso de las auditorías energéticas.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases:

            a) Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, incluidos en el sector servicios e industria. A efectos de esta resolución se considera sector servicios a las actividades incluidas en las secciones: G, H, I, J, L, M, N, O, P, Q, R, S, T o U del CNAE 2009. Dentro del sector industrial serán subvencionables las empresas incluidas en la sección B, C o D del CNAE-2009, con la excepción de la industria extractiva energética, las de refino de petróleo y biocombustible, así como las empresas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica.

            b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. Los centros de consumo en los que se actúe deben estar situados en Galicia y corresponder a empresas incluidas en el ámbito de aplicación indicado en el apartado anterior.

La cuantía de la subvención será del 35 % del coste elegible de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 15 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas. Con carácter general la ayuda máxima por proyecto asciende a 100.000 €, si bien podría llegar hasta 1.000.000 € para proyectos que justifiquen elevados niveles de ahorro energético.

El crédito máximo, según la tipología de proyecto y tipo de solicitante, será el siguiente:

En el caso de auditorías energéticas y de implantación de sistemas de gestión, el importe total de las ayudas de mínimis concedidas a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, de 100.000 euros cuando se trate de empresas de transportes de mercancía por carretera por cuenta ajena, de 30.000 euros para empresas del sector de la pesca y de la acuicultura.

En el resto de los casos, la ayuda máxima por empresa beneficiaria en el conjunto de la convocatoria será de 1.000.000 de euros.

Inicio solicitud: Desde el 21 de enero de 2020
Fin solicitud: 20 de febrero de 2020

Se consideran actuaciones subvencionables las realizadas una vez efectuada la solicitud de ayuda y la fecha límite para ejecutar y justificar la inversión será el 30 de noviembre de 2020. (RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2020 sobre ampliación de los plazos establecidos en el artículo 25 de la Resolución de 19 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para la realización de auditorías energéticas, implantación de sistemas de gestión y proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas de los sectores industria y servicios para el año 2020, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (Diario Oficial de Galicia número 12, de 20 de enero de 2020).

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