Subvenciones a proyectos de energía renovables y ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria. 2020

A continuación os describimos las características principales de esta convocatoria de ayudas, aunque la información que se considerará oficial a todos los efectos será la publicada en la Resolución de 19 de diciembre de 2019, en ella se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de energías renovables y ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria, para el año 2020.

Publicada en la Resolución de 19 de diciembre de 2019 (DOG de 22 de enero de 2020).

Serán subvencionables las siguientes tecnologías: biomasa, biogás, aerotermia, geotermia, solar térmica, fotovoltaica, minieólica y proyectos de ahorro y eficiencia energética.

a) Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos,  que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, incluidas en el sector de producción agrícola primaria.

Se considerará sector de producción agrícola primaria las actividades incluidas en la sección A y en concreto las clases de la 1.11 a 02.40 del CNAE-2009 ambas incluidas. También serán subvencionables las actividades contempladas en el IAE que se corresponda con estas clases del CNAE-2009.

b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía. Los centros consumidores en los que se actúe deben estar situados en Galicia y corresponder a empresas incluidas en el ámbito de actuación de las presentes bases y, en concreto, desarrollar alguna de las actividades recogidas en el apartado anterior.

La cuantía de la ayuda será del 35 % del coste elegible de la nueva instalación, con un máximo de 100.000 € por proyecto y de 300.000 € por empresa salvo para instalaciones de autoconsumo colectivo que puede llegar a 500.000. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20% en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10% en el caso de medianas empresas.

Plazo para la presentación de las solicitudes

  • Inicio solicitud: 10 de febrero de 2020 a las 09:00h.
  • Fin solicitud: 15 de mayo de 2020.

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 10 de febrero a las 09:00 horas, y permanecerá abierto hasta las 23:59 horas del 15 de mayo de 2020.
La fecha límite para la ejecución de las inversiones vinculadas a los proyectos subvencionados y para presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 30 de septiembre de 2020. Los proyectos no pueden estar iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

Quedamos a vuestra disposición para aclarar cualquier duda o consulta, a través del teléfono 986 09 09 88, correo electrónico enertra@enertra.es o directamente en nuestra oficina, Av. Conde de Bugallal 29 Bajo, 36004 Pontevedra.

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