EFICIENCIA ENERGÉTICA EN ESPAÑA, ANÁLISIS DE LA NORMATIVA DE REFERENCIA – RD 56/2016.

El pasado viernes, 12 de febrero de 2016, se ha aprobado en el Consejo de Ministros el Real Decreto que traspone la Directiva 2012/27/UE de eficiencia energética. Ha derivado en la apertura de un expediente infractor contra España desde la Comisión Europea ya que tendría que haberse realizado antes de julio de 2014.

Uno de los principales objetivos de la Directiva Europea, es que “los Estados miembros deben elaborar programas para fomentar la elaboración de auditorías energéticas…” es decir, detectar potenciales de ahorro en el consumo de electricidad, siendo así más eficientes.

Este Real Decreto 56/2016, se puede encontrar en el BOE, núm.38 del Sábado 13 de febrero de 2016, Sec. I. Pág. 11655 y su objetivo es regular lo siguiente:

  • Auditorías Energéticas.
  • Acreditaciones para proveedores de servicios energéticos.
  • Auditores energéticos.
  • Promoción de uso eficiente de la energía.
AUDITORÍAS ENERGÉTICAS:

La decisión del Consejo de Ministros obliga a realizar auditorías energéticas para las grandes empresas de más de 250 trabajadores o más de 50 millones de euros de volumen de negocio.

Las auditorías energéticas deberán cubrir, al menos, el 85% del consumo total de energía del conjunto de sus instalaciones, y deberán realizarse al menos cada cuatro años. Se estima que esta medida será de aplicación a unas 3.800 empresas en España, con cerca de 27.000 establecimientos o locales.

Las empresas tendrán un plazo de 9 meses (fecha límite 13 de noviembre de 2016) para realizar las auditorías y podrán sustituirlas además por un sistema de gestión energética o ambiental e incorporar certificados de eficiencia energética de edificios en vigor.

Eficiencia-Renovables

PROVEEDORES DE SERVICIOS ENERGÉTICOS

El Real Decreto establece los requisitos para el ejercicio de la actividad profesional de proveedores de servicios energéticos, que deberán acreditar su cualificación en materia energética mediante titulación universitaria o de FP, o bien acreditando su competencia profesional teórica y práctica.

Los proveedores de servicios energéticos deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil.

En la sede electrónica del IDAE existirá un listado de proveedores de servicios energéticos habilitados (donde nos podréis encontrar «Ahorro Energético Enertra»).

AUDITORES ENERGÉTICOS

Las auditorías serán realizadas por auditores energéticos profesionales que cumplan con los requisitos de cualificación que se establecen en este Real Decreto, sin perjuicio de que también podrán realizarse por personal interno cualificado.

SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO DE LAS AUDITORÍAS ENERGÉTICAS

Se establece un régimen sancionador, es el relativo a las sanciones por los incumplimientos de lo dispuesto en este real decreto 56/2016.

Según la gravedad del hecho constitutivo, la infracción y la sanción se aplicará según el siguiente baremo (artículos 80 y 82 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre):

  1. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 10.001 a 60.000 euros.
  2. Las infracciones graves se sancionarán con multas de 1.001 a 10.000 euros.
  3. Las infracciones leves se sancionarán con multas de 300 a 1.000 euros.
Otros de los temas expuestos en dicho Real Decreto:
  • Regulación de la cogeneración: se regula la evaluación del potencial de cogeneración de alta eficiencia y de sistemas urbanos de calefacción y refrigeración.
  • Modificación del Real Decreto 1027/2007. Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios: se modifica la tabla 3.1 Operaciones de mantenimiento preventivo y su periodicidad de la IT 3.3 .
  • Modelo requisitos auditor energético.
  • Modelo de realización de auditoría energética.

A modo de resumen, con todo lo anterior  se pretende reducir el consumo de energía, la dependencia energética del exterior y las importaciones de combustibles fósiles y las emisiones de efecto invernadero. La eficiencia y el ahorro energético son claves para mejorar la competitividad de las empresas y crear empleo, además de, contribuir de manera decisiva  alcanzando los objetivos de la Unión Europea.

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