1.- En cualquier momento podrán SUSPENDER TEMPORALMENTE O MODIFICAR SUS CONTRATOS de suministro energético, eso sí, las modificaciones serán en todo caso, con el comercializador con el que tienen contrato vigente, al objeto de adaptar sus contratos a sus nuevas pautas de consumo. NO procederá cargo alguno en concepto de penalización.
Los distribuidores atenderán las solicitudes de CAMBIO DE POTENCIA O DE PEAJE (tarifa de acceso), con independencia de que ésta hubiera sido modificada en un plazo inferior a 12 meses.
Durante los siguientes 3 meses a la finalización del Estado de Alarma, el consumidor que haya solicitado la modificación de su contrato de suministro (fundamentalmente CAMBIO DE POTENCIA O DE PEAJE – tarifa de acceso), podrá solicitar una nueva modificación del contrato de suministro.
Durante los siguientes 3 meses a la finalización del Estado de Alarma, el consumidor que haya solicitado la suspensión de su contrato de suministro podrá solicitar su REACTIVACIÓN
Las REACTIVACIONES del contrato de suministro y las MODIFICACIONES DE LOS PARÁMETROS TÉCNICOS anteriormente señaladas, deberán ser atendidas y realizadas en el plazo máximo de 5 días naturales y sin coste alguno para el consumidor, a excepción de:
- Los pagos por derechos de extensión por incrementos de potencia contratada por encima del umbral contratado antes del estado de alarma.
- Los pagos por los derechos de supervisión de instalaciones cedidas.
- En el caso de que fuese necesario el cambio de equipos de medida, el pago de actuaciones sobre los equipos de control y medida.
2.- Excepcionalmente y mientras esté en vigor el Estado de Alarma, podrán solicitar, la SUSPENSIÓN DEL PAGO DE FACTURAS, en cuyo periodo de facturación estén integrados días del Estado de Alarma.
Finalizado el Estado de Alarma, las cantidades adeudadas se regularizarán a partes iguales en las facturas emitidas en los siguientes seis meses.
Importante: durante ese periodo de tiempo y mientras no hayan sido regularizadas las cantidades adeudadas, no podrán cambiar de comercializadora.
Excepcionalmente y mientras esté en vigor el Estado de Alarma, se podrán acoger a las siguientes medidas:
1.- El titular del punto de suministro podrá solicitar a su comercializador la MODIFICACIÓN DEL CAUDAL CONTRATADO, CAMBIO DE ESCALÓN DE PEAJE DE ACCESO o la SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO DE SUMINISTRO, todo ello sin coste alguno.
Nota: estas modificaciones se realizarán sin que proceda la repercusión de coste alguno ni al comercializador ni al consumidor por parte de los distribuidores, sin influir en ello, la fecha de fin de contrato vigente, ni plazos desde su firma o modificación.
Durante los siguientes 3 meses a la finalización del Estado de Alarma, el consumidor que haya solicitado la suspensión de su contrato de suministro podrá solicitar su REACTIVACIÓN.
Así mismo, la nueva activación del contrato debe ser atendida y realizada en el plazo máximo de 5 días naturales y no conllevará el abono de derechos de alta o de acometida a excepción de:
- Ser necesaria la realización de puesta de servicio, consecuencia de un cierre previo y puesta de seguridad de la instalación.
Durante los siguientes 3 meses a la finalización del Estado de Alarma, el titular que haya solicitado la modificación de la capacidad contratada o del escalón del peaje de acceso, podrá solicitar una nueva modificación del contrato de suministro, sin ninguna limitación temporal o coste alguno.
2.- Excepcionalmente y mientras esté en vigor el Estado de Alarma, podrán solicitar, la SUSPENSIÓN DEL PAGO DE FACTURAS, en cuyo periodo de facturación estén integrados días del Estado de Alarma.
Finalizado el Estado de Alarma, las cantidades adeudadas se regularizarán a partes iguales en las facturas emitidas en los siguientes seis meses.
Importante: durante ese periodo de tiempo y mientras no hayan sido regularizadas las cantidades adeudadas, no podrán cambiar de comercializadora.
Quedamos a vuestra disposición para aclarar cualquier duda o consulta, a través del teléfono 986 09 09 88, correo electrónico enertra@enertra.es o directamente en nuestra oficina, Av. Conde de Bugallal 29 Bajo, 36004 Pontevedra.
Puedes solicitar de forma gratuita un estudio técnico-económico sin ningún compromiso, en el apartado de contacta.
NOTA: Recuerda que en estos momentos, debido al estado de alarma, solamente os podremos atender por teléfono o por e-mail.
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