Os explicamos a continuación las características principales de esta línea de ayudas, aunque la información que se considerará oficial para todos los efectos será la publicada en la Resolución del 21 de diciembre de 2019. IN421P
Dichas ayudas serán en régimen de concurrencia no competitiva, las solicitudes de ayuda presentadas en plazo y con los requisitos establecidos en estas bases se tramitarán y se resolverán por orden de entrada en el registro hasta agotar crédito.
Bases reguladoras de las subvenciones para la creación, mejora y ampliación de pequeñas infraestructuras para proyectos de energías renovables de uso térmico destinadas a particulares IN421P. (DOG del 23 de enero de 2020).
Los proyectos se limitarán a instalaciones para la generación de energía térmica mediante equipamientos que utilicen biomasa como combustible, y otras instalaciones de energías renovables que utilicen como fuente energética la geotermia, aerotermia o la solar térmica.
a) El equipo principal de generación energética (paneles solares térmicos, bomba de calor, caldera…).En el caso de la biomasa, el coste del equipamiento térmico y sus accesorios principales (sistema de regulación y control, sistemas de limpieza, depuración de humos, extracción de cenizas).
b) Resto de accesorios de la instalación para el correcto funcionamiento del sistema.
c) El coste del sistema de almacenamiento del combustible.
d) El coste del sistema de alimentación del combustible.
e) El coste de montaje y conexionado.
f) En el caso de la energía geotérmica, el sistema de captación del recurso geotérmico: sondeos, intercambiadores, acumuladores, tuberías, etc.
a) Personas físicas propietarias de cualquier derecho sobre un inmueble residencial.
b) Comunidades o Mancomunidades de vecinos, siempre que las actuaciones se realicen en viviendas o edificios del sector residencial sitas en la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Agrupaciones de personas físicas, privadas sin personalidad.
La presente convocatoria de ayudas se financiará con cargo a los presupuestos del Inega para el año 2020, ascendiendo el importe total asignado a esta convocatoria a 2.500.000 euros.
El crédito máximo según la tipología de proyectos será el siguiente:
La cuantía de la ayuda será del 50% de la inversión elegible de la instalación, excepto los proyectos de aerotermia cuya ayuda será del 35%, teniendo en cuenta su presupuesto y los valores máximos por potencia definidos en el artículo 5 de estas bases reguladoras. La cuantía máxima por proyecto será de 60.000 €.
Se establece un coste elegible máximo por vivienda según la siguiente tabla.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará según la tipología del proyecto en las siguientes fechas:
– Biomasa (excluida la tipología B2-B3 en zonas no densamente pobladas), el 2 de marzo de 2020, a las 9.00 horas.
– Geotermia, el 4 de marzo de 2020, a las 9.00 horas.
– Solar térmica, el 4 de marzo de 2020, a las 9.00 horas.
– Aerotermia, el 6 de marzo de 2020, a las 9.00 horas.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda finalizará el 1 de julio de 2020 para todas las tipologías de proyectos.
El período de ejecución de las inversiones comienza una vez que se tenga efectuada la solicitud de ayuda ante esta entidad por la entidad colaboradora, y la fecha máxima para su justificación será el 30 de septiembre de 2020.
Quedamos a vuestra disposición para aclarar cualquier duda o consulta, a través del teléfono 986 09 09 88, correo electrónico enertra@enertra.es o directamente en nuestra oficina, Av. Conde de Bugallal 29 Bajo, 36004 Pontevedra.
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