El viernes 7 de octubre de 2022 se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea el nuevo Reglamento del Consejo de 6 de octubre de 2022 relativo a una intervención de emergencia para hacer frente a los elevados precios de la energía.
El Reglamento, que entró en vigor el día siguiente a su publicación, implementa medidas que tienen como finalidad reducir la demanda de electricidad y recaudar y redistribuir los ingresos excedentes del sector energético a los hogares y PYMES (Pequeñas y Medianas Empresas).
El Reglamento se compone de 4 grandes bloques de actuación, que te resumimos a continuación:
Reducción de la demanda de electricidad
Los Estados miembros deberán alcanzar una reducción obligatoria del consumo de electricidad en horas puntas del 5% por hora. Asimismo, se establece un objetivo voluntario de reducción del consumo bruto de electricidad del 10%, los Estados miembros tendrán libertad para seleccionar las medidas adecuadas para reducir su consumo.
Cada Estado miembro determinará las horas puntas correspondientes en total a un mínimo de 10% de las horas del período entre el 1 de diciembre de 2022 y el 31 de marzo de 2023, y reducirán su demanda durante ese periodo.
Tope de los ingresos de mercado y distribución del excedente de ingresos
Se establece un tope de los ingresos de mercado en 180 €/MWh para los productores de electricidad y los intermediarios que participen en los mercados en nombre de los productores.
El tope se aplicará a los ingresos obtenidos por la venta de electricidad producida a partir de: energía eólica, solar, geotérmica, hidroeléctrica sin embalse, combustible de biomasa, residuos, energía nuclear, lignito, productos derivados del petróleo crudo y turba.
El Consejo ha establecido algunos mecanismos de flexibilidad para que los Estados miembros, teniendo en cuenta sus circunstancias nacionales, puedan mantener o introducir medidas en su territorio.
En aquellas situaciones en las que la dependencia de las importaciones netas de la electricidad de un Estado miembro sea igual o superior al 100%, los Estados miembros celebrarán un acuerdo a más tardar el 1 de diciembre de 2022 para compartir el excedente de ingresos adecuadamente.
Medidas minoristas para pymes
El Consejo ha determinado que, de manera temporal, los Estados miembros podrán aplicar intervenciones públicas en la fijación de precios para el suministro de electricidad a las pequeñas y medianas empresas. Asimismo, de forma excepcional y temporal, podrán establecer un precio por el suministro de la electricidad que esté por debajo del coste.
Medidas relativas a los sectores del petróleo crudo, el gas natural y la refinería
El Reglamento establece una contribución solidaria temporal obligatoria sobre los beneficios de las empresas y establecimientos con actividad en los sectores del petróleo crudo, el gas natural, el carbón y la refinería.Dicha contribución se calcularía sobre la base de los beneficios imponibles en el ejercicio fiscal 2022 y/o 2023 que superen un incremento del 20% respecto a la media de los beneficios imponibles medios anuales desde 2018, incluido. Los Estados miembros deberán adoptar y publicar las medidas para la aplicación de la contribución a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
Quedan exentos de esta contribución los Estados miembros que ya hayan promulgado medidas nacionales equivalentes, siempre que sean compatibles con los objetivos del Reglamento y generen ingresos equiparables.
Los Estados miembros utilizarán los ingresos recaudados a través de la contribución solidaria temporal para cualquiera de los siguientes fines:
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Medidas de apoyo para los hogares vulnerables, para mitigar los efectos de los elevados precios de la energía.
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Medidas de apoyo financiero para contribuir a la reducción del consumo de energía.
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Medidas de apoyo financiero para ayudar a empresas de sectores de gran consumo de energía.
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Medidas de apoyo financiero para desarrollar la autonomía energética.
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Financiación común de medidas para reducir los efectos perjudiciales de la crisis energética.
Entrada en vigor y aplicación
El Reglamento entró en vigor el 8 de octubre de 2022 y será de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2023.