Nueva línea de subvención para este año 2017 sobre eficiencia energética, a continuación se describen brevemente las características principales de esta ayuda, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo FEDER-Galicia 2014-2020 (Código IN417Y)
BASE REGULADORA
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
- Inicio: 25 de mayo de 2017.
- Fin: 6 de julio de 2017.
Sólo se admite la presentación electrónica.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
- Auditorías energéticas.
- Implantación de sistemas de gestión energética certificados conforme a la Norma ISO 50.001.
- Proyectos de ahorro y eficiencia energética en el sector industria y hotelero.
- Inversiones en cambio o mejora de equipos e instalaciones consumidoras de energía del proceso productivo del sector industrial y hotelero, así como de los sistemas auxiliares.
- Mejora de instalaciones de iluminación con una reducción anual del 40% con respecto al consumo inicial.
- Proyectos de instalaciones fotovoltaicas, solares térmicas y bombas de calor que contribuyan a aumentar la eficiencia energética de la empresa.
- Cualquiera otra actuación que implique un ahorro energético, como mínimo, del 20% respecto del consumo inicial.
- Implantación de sistemas de contabilización/telegestión de consumo de energía asociados la otras actuaciones de ahorro energético.
Cada solicitud contendrá un único proyecto técnico que puede constar de una sola actuación o varias actuaciones homogéneas a ejecutar en el mismo emplazamiento. Cada empresa podrá presentar una o más solicitudes.
BENEFICIARIOS
- Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, incluidos en el sector hotelero o de la industria. Para efectos de esta resolución se considera sector hotelero los servicios de alojamiento incluidos entre las clases 55.10 y 55.90 de la CNAE 2009. Dentro del sector industrial serán subvencionables las empresas incluidas en la sección B, C o D de la CNAE-2009, con la excepción de la industria extractiva energética, las de refinación del petróleo y biocombustible, así como las empresas de generación , transporte y distribución de energía eléctrica.
- Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía.
PERIODO DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Se consideran actuaciones subvencionables las realizadas entre el día en que se presente la solicitud de ayuda y el 15 de septiembre de 2018.
INVERSIÓN MÍNIMA
La inversión mínima para que la actuación sea subvencionable deberá ser de 10.000 euros, que se reduce a 4.000 euros en el caso de las auditorías energéticas.
CUANTÍA MÁXIMA DE LA AYUDA
La cuantía de la subvención será:
- 40 % del coste elegible a pequeñas y medianas empresa, máximo de 500.000 € por proyecto.
- 30% de la inversión subvencionable, con un máximo de 500.000 € por proyecto al resto de empresas.
En el caso de ayudas para la realización de auditorías energéticas, la intensidad de ayuda será del 50 % del coste elegible.
MÁS INFORMACIÓN
Quedamos a vuestra disposición para aclarar cualquier duda o consulta, a través del teléfono 986 09 09 88, correo electrónico enertra@enertra.es o directamente en nuestra oficina, Rua Gorgullón 27, Bajo, Pontevedra.
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